Qué pide la ley, quién emite el informe de integración y dónde se saca la cita. Y qué otra vía hay abierta ahora mismo.
Revisado por Puentes · 2026-09-01 · fuentes oficiales enlazadas en cada puntoUn mínimo de dos años en España, más vínculos familiares o un informe de integración social emitido por tu ayuntamiento o comunidad autónoma. La cita se pide en la sede electrónica de Extranjería.
Autorización para extranjeros con un mínimo de dos años en España, con vínculos familiares o un informe de integración social emitido por el ayuntamiento o la comunidad autónoma correspondiente.
Ministerio de Inclusión — arraigo social →Es la sede oficial. No hace falta pagar a nadie por conseguir una cita: el trámite es gratuito y la cita también.
icp.administracionelectronica.gob.es →Un Real Decreto abrió un proceso de regularización para quienes estaban en España antes del 1 de enero de 2026 y acreditan cinco meses de estancia ininterrumpida. La autorización da derecho a trabajar un año.
La Moncloa — nota oficial del proceso →El plazo para pedir cita por esta vía (nietos de españoles) se cerró el 22 de octubre de 2025. Solo se atiende a quienes ya tenían cita solicitada antes de esa fecha. Si alguien te ofrece tramitarla hoy, desconfía.
BOE — texto de la ley →Los de España se piden en la sede del Ministerio de Justicia; los cubanos, al MINJUS, desde cualquier país.
Antecedentes penales en España →
Antecedentes penales cubanos (MINJUS) →
Si vas a trabajar de lo tuyo, el título de fuera hay que homologarlo.
Ministerio de Ciencia — homologación →Puentes no tramita nada ni cobra por nada. Recogemos lo que dicen las fuentes oficiales y te llevamos a ellas. Si algo de esta página ha cambiado, dínoslo desde la app.